Petición de 10 de enero de 2013. Eventual incompatibilidad de la libre circulación de personas con la detención de un ciudadano de un Estado miembro para su identificación.

Tipo: Recurso
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Nacionales de la Unión Europea
Fecha: 10/01/2013
Número de recurso: C-14/13.
Comentario:

Asunto C-14/13. Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad (Bulgaria) presentada el 10 de enero de 2013. Gena Ivanova Cholakova/Osmo rayonno upravlenie pri Stolichna direktsiya na vatreshnite raboti. Eventual incompatibilidad de la libre circulación de personas con la detención de un ciudadano de un Estado miembro para su identificación.

Cuestión prejudicial:

  • "1) ¿Debe interpretarse el artículo 21, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en relación con los artículos 67 y 72 del mismo Tratado y teniendo en cuenta las restricciones que el Derecho de la Unión Europea autoriza a imponer a la libertad de circulación de los ciudadanos de la Unión en el territorio de los Estados miembros, en el sentido de que no se opone a una disposición nacional de un Estado miembro como la que es objeto del litigio principal, a saber, el artículo 63, apartado 1, número 5, del Zakon za ministerstvoto na vatreshnite raboti (Ley sobre el Ministerio del Interior), que establece que las autoridades policiales tendrán la facultad de acordar la detención de un nacional de un Estado miembro durante un plazo máximo de 24 horas para proceder a su identificación a través de un control, sin que responda a un supuesto en que la ley del referido Estado miembro permita a la autoridad policial realizar un control dirigido a dicha identificación ni se funde expresamente en la detección o prevención de un delito o una infracción administrativa, en la protección del orden público o en la salvaguardia de la seguridad interior?
  • 2) ¿Se desprende del artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, interpretado en relación con la limitación de los derechos otorgados por los artículos 6 y 45, apartado 1, de la Carta y de conformidad con el principio de protección contra toda injerencia arbitraria o desproporcionada en la libertad personal de las personas físicas, que cabe aplicar una disposición nacional como la que es objeto del litigio principal, a saber, el artículo 63, apartado 1, número 5, del Zakon za ministerstvoto na vatreshnite raboti con respecto a la detención policial durante un plazo máximo de 24 horas –siempre que no quepa identificar a un nacional de un Estado miembro según los procedimientos previstos por la ley–, el cual autoriza dicha detención en las condiciones siguientes:
  • 3) A. Queda a la discreción de las autoridades policiales acordar la medida cuando no sea posible realizar la identificación mediante la presentación de un documento de identidad, mediante el concurso de otra persona ya identificada o de alguna otra manera fiable.
    B. La disposición no regula cómo se valorarán la necesidad de proceder a la identificación, la conducta de la persona, o si, en función de las circunstancias concretas del caso, resulta necesario hacer uso de esa facultad otorgada por la ley a las autoridades policiales.
    C. La identificación no se funda expresamente en supuestos en que la ley permita adoptar medidas para identificar a una persona; la identificación también se puede llevar a cabo mediante la mera consulta de un sistema de información o de alguna otra manera fiable que no consista en una operación de identificación.
    D. La aplicación de la disposición sólo se ve sometida a control judicial en las condiciones previstas en la misma, puesto que el ejercicio de la referida facultad es plenamente discrecional?".

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León